Se impone a la Isapre Nueva Masvida una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de lo establecido en el párrafo final del numeral 1 «Antecedentes de Afiliación», del Título I, del Capítulo I del Compendio de Procedimientos, en orden a desplegar una efectiva supervisión sobre el desempeño de sus agentes de ventas en el proceso de suscripción de contratos, en relación con los antecedentes que se exigen para verificar la identidad de las personas en proceso de afiliación.
18 de mayo de 2022
Modificada por la Resolución Exenta SS/N° 1181 de 13/10/2022 que acoge parcialmente el recurso jerárquico presentado en subsidio por la Isapre Nueva Masvida en contra de la Resolución Exenta IF/N° 375 de 18/05/2022. En consecuencia, se reemplaza la multa impuesta por la sanción de amonestación.