Se impone a la Isapre Nueva Masvida una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento), por infracción a los artículos 170 letra k) y 192 del DFL N° 1, de 2005, de Salud y al numeral 1 del punto I del Título IV «Beneficios Adicionales» del Capítulo III del Compendio de Instrumentos Contractuales, de esta Superintendencia.
05 de mayo de 2022