Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por Isapre Masvida S.A., en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 209, de 7 de agosto de 2017, rebajando las multas aplicadas a las siguientes sumas: 325 UF (trescientas veinticinco unidades de fomento) por infracciones a la prohibición legal de injerencia en la administración de prestadores y a las instrucciones impartidas por esta Intendencia en esta materia; 325 UF (trescientas veinticinco unidades de fomento) por ocultamiento de información a esta Superintendencia e infracción a la normativa sobre comunicación de hechos relevantes, y 195 UF (ciento noventa y cinco unidades de fomento) por infracciones en relación con el registro contable de los programas médicos valorizados sin emisión de órdenes de atención. Modifica la Resolución Exenta IF/Nº 209, de 7 de agosto de 2017.
27 de septiembre de 2017