Se impone a la Isapre Consalud S.A. una multa de 350 UF (trescientas cincuenta unidades de fomento) por incumplimiento de las coberturas pactadas en los contratos de salud previsional, con infracción al artículo 189 del DFL N° 1, de 2005, de Salud, y al numeral 4 del Título I del Capítulo I del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, de esta Superintendencia.
25 de abril de 2019