Se impone a la Isapre VIDA TRES S.A. una multa de 1000 U.F. (mil
unidades de fomento) por incumplimiento de la Garantía Explícita de Acceso, con
infracción a lo establecido en los artículos 2 y 4 letra a), en relación con el artículo 24, de la
Ley N° 19.966; a los artículos 4 y 6, en relación con el artículo 17, del Decreto Supremo
N°22, de 2019, de los Ministerios de Salud y Hacienda, y al numeral 2.1 “Medicamentos
Garantizados”, del Título II del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en
Materia de Beneficios, de esta Superintendencia.
06 de mayo de 2021