Imponer a la Isapre Cruz Blanca S.A. una multa de 600 UF (seiscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 11 de las «Condiciones Generales Uniformes para el Contrato de Salud Previsional», en relación con los plazos establecidos para los reembolsos y liquidaciones de PAM.
29 de marzo de 2018