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Resolución Exenta IF/N° 15530

Imponer a la Isapre BANMÉDICA S.A. una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento) por incumplimiento de lo establecido en el artículo 180 inciso 1° del DFL Nº 1, de 2005, de Salud, en orden a que las isapres deben mantener un indicador de liquidez no inferior a 0,8 veces la relación entre el activo circulante y el pasivo circulante.

29 de octubre de 2024

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