Impónese a Isapre Cruz Blanca S.A. una multa de 370 UF, según el siguiente detalle:
1) Multa de 270 UF por el incumplimiento de la obligación establecida en el punto 2, del Título V de la Circular IF/N°129, del 7 de julio de 2010, en orden a incluir en su devolución masiva de excesos de abril de 2014, los documentos que no fueron cobrados por los interesados, correspondientes a la devolución masiva extraordinaria realizada en octubre de 2013 y,
2) Multa de 100 UF por incumplimiento de la obligación establecida en el punto 1, del Título VI de la Circular IF/N°129, del 7 de julio de 2010, en orden a remitir a esta Superintendencia a más tardar el día 10 de diciembre de 2013, la información que se exige detallar en los cuadros del Anexo N°2 de la citada Circular, respecto de la devolución de excesos realizada en octubre de 2013.
30 de marzo de 2015