Verificar que los prestadores institucionales de salud, en el desarrollo de sus actividades, den debido cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 37 de la Ley N° 20.584, así como también a lo señalado en el del D.S. N° 35 de julio de 2012, del MINSAL, que aprueba reglamento sobre el procedimiento de reclamo de la citada ley.
08 de mayo de 2017
Módulo de fiscalización aplicado a 81 prestadores públicos y 50 prestadores privados del país.