Notificación prestadores privados regiones II, V, VI, VII, VIII, IX y X: Verificar el cumplimiento de la Notificación al paciente GES, de acuerdo a lo instruido en el Título IV «normas especiales para los prestadores», del Capítulo VI» De las Garantías Explícitas en Salud, GES» del compendio que sistematiza las normas administrativas de la Superintendencia de Salud en materia de beneficios, respecto a la obligación del prestador de informar a las personas beneficiarias ante la presencia de un problema de salud garantizado, por parte de prestadores privados de las regiones de Antofagasta, Valparaíso, O´Higgins, Maule, Bío Bío, La Araucanía y de Los Lagos.
25 de marzo de 2010