Negativa de Cobertura: Las Isapres están obligadas a contemplar en todo plan de salud complementario, a lo menos, las prestaciones que contempla el Fonasa para la Modalidad de Libre Elección, además, las partes pueden convenir pactar otras prestaciones adicionales. Las exclusiones de cobertura. Entre los meses de febrero y abril de 2009, se fiscalizó las Isapres: Ferrosalud S.A., Vida Tres S.A., Banmédica S.A., Colmena Golden Cross S.A. Cruz Blanca S.A., Consalud S.A y Mas Vida S.A., con el objeto de examinar los procedimientos desarrollados por las isapres en la instancia del rechazo de las solicitudes de prestaciones hospitalarias, evaluando si los plazos y las causales invocadas se encuentran ajustados a la normativa vigente.
30 de abril de 2009