Compensaciones efectivas interisapres originadas en el quinto y sexto semestre de vigencia del D.S. N°1 de 2010, del Minsal: Verificar que las isapres aportantes del Fondo de Compensación Solidario Interisapres cumplieran oportuna e íntegramente con los fondos instruidos en los Oficios Circulares IF/N°9 del 21 de marzo de 2013 e IF/N°19 del 30 de septiembre de 2013. Con la ejecución de este proceso de fiscalización, la Superintendencia de Salud contribuye a resguardar la oportunidad e integridad de los fondos que deben ser traspasados para compensar entre las isapres la diferencia que se produce entre la suma de la Prima Comunitaria que se determine para la GES y la suma de las Primas Ajustadas por Riesgo que se determinan según sexo y edad de los respectivos beneficiarios.
31 de diciembre de 2013