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El Contrato que me permite obtener un seguro de salud privado
Aprende lo esencial para firmar un contrato de salud ante una Isapre
Se firma un contrato de salud al ingresar a una isapre o al modificar las antiguas condiciones acordadas por otras nuevas. Es decir, cada vez que el beneficiario aumenta o disminuye sus cargas, cambia en forma importante su renta, cambia de empleador, de situación previsional, elige otro plan de salud o también al momento que la isapre modifica el precio base del plan. La isapre tiene la posibilidad de aceptar o negar la afiliación de una persona a su institución; por ello previamente, exige al interesado identificar a cada una de las cargas legales o médicas que serán parte del contrato de salud y responder un listado de preguntas con el objeto de identificar todas las enfermedades habidas o preexistentes en sus beneficiarios. El Contrato de salud es de duración indefinida y sus beneficios comienzan a partir del mes subsiguiente a la suscripción.
Datos útiles
Nuestra tarea
Bajada
La Superintendencia de Salud fiscaliza que las Isapres registren correctamente los datos requeridos en el Contrato de Salud y evalúen previamente la Declaración de Salud, entre otros aspectos. Asimismo, controla que las modificaciones se comuniquen a las personas en el plazo establecido y que las Isapres al poner término a los contratos de salud, invoquen sólo las causales permitidas por ley, remitiendo información completa a las personas y respetando el tiempo legal de mantención de los beneficios.
Al momento de suscribir el contrato
Bajada
Documentos importantes, deben ser firmados por quien será el cotizante:
- Condiciones Generales
- Plan de Salud
- Declaración de Salud
Término de un Contrato de Salud
Bajada
Por parte del afiliado: En cualquier momento, después de transcurrido un año de vigencia de los beneficios. Hay un periodo de cartera abierta cuando hay modificación GES.
Por parte de la isapre: Cuando el afiliado no cumple las obligaciones estipuladas en su Contrato.
Por parte del l afiliado y la Isapre: de mutuo acuerdo.
Contratos de duración indefinida
Bajada
Una vez al año las isapres pueden revisar anualmente los contratos de salud sólo para modificar el precio base de los planes. No está permitido modificar los beneficios pactados. El referido proceso de adecuación anual afecta sólo a los planes de salud individuales que se encuentran expresados en pesos o UF (excluye planes grupales y planes individuales expresados al 7%).
Adecuación de contrato
Corresponde a la facultad de la isapre de revisar los contratos de salud de manera anual, la que se realiza en el mes de suscripción. La isapre sólo puede modificar el precio base del plan, en condiciones generales que no importen discriminación entre los afiliados de un mismo plan. Las revisiones no podrán tener en consideración el estado de salud del afiliado y beneficiario. El procedimiento de adecuación anual del contrato de salud comprende la remisión de la carta de adecuación, el pronunciamiento del o la cotizante y la formalización del acuerdo.
Afiliación
Incorporación al sistema de salud privado o público (isapre o Fonasa), ya sea en calidad de cotizante o como beneficiario.
Afiliado
Son los trabajadores (as) del sector público y privado, los trabajadores independientes e imponentes voluntarios que coticen en cualquier régimen legal de previsión, los pensionados y los que perciban subsidios por incapacidad laboral o de cesantía.
Agente de ventas
La persona natural habilitada por una Isapre para intervenir en cualquiera de las etapas relacionadas con la negociación, suscripción, modificación o terminación de los contratos de salud previsional.
Beneficiario o beneficiaria
El o la cotizante, los familiares del o la cotizante que son cargas legales y las cargas médicas.
Beneficios Mínimos Obligatorios
Son los que la Isapre debe otorgar a sus afiliados (as) y beneficiarios (as) y consisten en las GES o AUGE, el Examen de Medicina Preventiva, la atención de la mujer durante el embarazo y hasta el sexto mes de nacimiento del hijo, la atención del niño recién nacido y hasta los seis años de edad, el pago de subsidios por incapacidad laboral y una cobertura mínima que debe dar la isapre por las prestaciones, la que no puede ser inferior al 25% de la indicada en el plan para la prestación genérica ni a la que asegura Fonasa en su arancel.
Beneficios pactados en el plan de salud
Son las prestaciones médicas que la isapre bonificará de acuerdo al plan pactado, como por ejemplo: prestaciones ambulatorias (consultas, exámenes de laboratorio, radiografías, tratamientos de kinesiterapia, etc.); prestaciones hospitalarias (cirugías, parto, etc.); otras prestaciones que el plan estipule (lentes ópticos, salud dental, prótesis, etc.).
Cotización para salud del afiliado a isapre
Es la suma del precio del Plan de Salud Complementario más el precio de la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas en Chile (CAEC), si corresponde; más el precio que la isapre cobre por el plan Auge o GES y más el precio de los beneficios adicionales contratados por el afiliado, si corresponde.