Aprende lo esencial para firmar un contrato de salud ante una Isapre
Aquellas que rigen la suscripción, ejecución y terminación del contrato de salud de acuerdo a la normativa legal vigente. Estas Condiciones forman parte del Contrato de Salud de todas las Instituciones de Salud Previsional que hayan adherido a ellas.
Aspectos que considera:
El cotizante
Son cargas legales aquellos que, respecto de la persona del cotizante, cumplan con las calidades y requisitos que exige la ley para ser *causante de asignación familiar, sea que la perciban o no.
*Son causantes de asignación familiar:
Las cargas médicas: toda persona que no cumpla con las calidades y requisitos que exige la ley para ser causante de asignación familiar y que sea aceptada por la isapre.
Los Beneficios mínimos obligatorios son:
Otros Beneficios:
Los beneficios comienzan al mes subsiguiente de la firma del contrato. Por ejemplo, si firmó durante el mes de octubre podrá hacer uso de los beneficios desde el 1 de diciembre.
IMPORTANTE: La cotización debe ser declarada y pagada dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de la firma del contrato.Si el pago de la cotización es electrónico el plazo es hasta el día 13.
La CAEC o Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas
Es un seguro que cubre todos los gastos de una enfermedad cara, siempre que se atienda con el prestador en convenio con la isapre, y una vez que se complete el deducible anual. Para que se active la CAEC, la persona afiliada o beneficiaria tiene que solicitarla en su isapre. El deducible es la suma de los pagos efectuados por la persona afiliada o beneficiaria, equivale a 30 veces la cotización pactada con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF.
La cobertura establecida en el plan complementario, es decir la obligación de la Isapre de financiar las prestaciones y beneficios que aparecen en dicho plan.
Crédito por prestación en caso de urgencia vital o secuela funcional grave. Se entiende por atención de urgencia toda condición de salud o cuadro clínico que implique riesgo vital o secuela funcional grave para una persona de no mediar atención médica inmediata e impostergable.
IMPORTANTE: la ley prohíbe a los prestadores exigir a los afiliados o beneficiarios dinero, cheques u otros instrumentos financieros para garantizar el pago o condicionar de cualquier otra forma dicha atención.
Por fallecimiento del cotizante, los beneficios contractuales se mantienen al menos por un año. En el evento que el o la cotizante fallezca, la Isapre mantendrá por un período no inferior a un año todos los beneficios del Contrato de Salud vigente.
IMPORTANTE: para la aplicación de este beneficio, debe haber transcurrido un año de vigencia ininterrumpida de los beneficios contractuales.
Obligaciones de la persona afiliada:
Contrario a esto se considera:
-El fraccionar valores o tarifas del prestador.
-Presentar documentos o diagnósticos falsos.
-Recibir reembolsos por prestaciones no realizadas.
-Documentos adulterados u otorgados a personas distintas del beneficiario o beneficiaria, etc.
-Cumplir con los exámenes, controles, peritajes e interconsultas que la Contraloría Médica de la Isapre le ordene realizar.
-Comunicar a la Isapre si hay un cambio, adición o eliminación de empleador, cesantía o modificación de la situación previsional.
-Informar a la Isapre la pérdida o robo de la credencial y/o cédula de identidad de cualquiera de las personas beneficiarias del Contrato.
-Adjuntar la documentación pertinente cada vez que solicite un beneficio.
-Informar a la Isapre todo cambio de domicilio que se produzca durante la vigencia del Contrato
-El Precio del Plan
-El precio final del plan de salud corresponde al:
valor base del plan por el factor correspondiente a cada persona beneficiaria{{los valores definidos en la tabla de factores muestran la relación de precios del plan de salud para cada grupo de personas, según edad, sexo y condición de cotizante o carga.
-Para determinar el precio que el afiliado debe pagar por el plan de salud, se debe multiplicar el precio base del plan por el valor que corresponda a cada beneficiario en la tabla de factores.
Declaración y pago de la cotización:
El plazo para pagar o declarar la cotización de salud es hasta el 10 o 13, en el caso de declaración y pago electrónico, del mes siguiente a aquél en que se hayan devengado las remuneraciones, pensiones y rentas correspondientes. En caso de no pago de la cotización pactada, la Isapre deberá informar tal circunstancia al afiliado.
IMPORTANTE. La falta de pago de la cotización por parte del empleador o por parte de la entidad encargada del pago de la pensión, no faculta a la Isapre para poner término al Contrato, ni para suspender el otorgamiento de los beneficios y prestaciones.
Excedentes de cotización
Los excedentes de cotización legal son de propiedad del afiliado o afiliada y pueden ser requeridos para alguno de los siguientes fines:
-Pagar las cotizaciones en caso de cesantía.
-Copago, esto es, lo que la pesrona afiliada o beneficiaria debe pagar por la prestación.
-Financiar prestaciones de salud no cubiertas por el Contrato.
-Pagar cotizaciones adicionales voluntarias.
-Financiar el precio del Plan de Salud Complementario durante el lapso del trámite de jubilación.
-Pagar las cuotas de los préstamos de salud que la isapre hubiese otorgado a la afiliada o el afiliado.
Disposiciones Finales:
-Las principales disposiciones son:
-Autorizaciones de la persona afiliada a la Isapre para:
-Solicitar antecedentes médicos a los prestadores sobre beneficios solicitados por la persona afiliada o un beneficiario o beneficiaria.
-Cobrar el seguro de accidentes del tránsito.
-Sobre fiscalización y mecanismos de solución de diferencias
-La Superintendencia de Salud supervisa y controla la actividad de las Isapres y el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato de salud.
-La Superintendencia de Salud a través del Intendente de Fondos y Seguros Previsionales de Salud resuelve los conflictos existentes entre las isapres y los afiliados o afiliadas y sus beneficiarios.
-Fecha y firma del contrato
Tenga presente que:
Tipos de Plan:
a) Plan libre elección: la isapre bonificará cualquier prestador médico en el que el afiliado o beneficiario se atienda
b) Plan cerrado: la isapre bonificará si el afiliado o beneficiario se atiende sólo en el prestador que señala el plan de salud
c) Plan con prestadores preferentes: la isapre cubrirá si se atiende con cualquier prestador. La bonificación será mayor si se atiende con el prestador establecido en el plan, es decir, usted pagará menos si se atiende con ese prestador.
El Plan de Salud es el que establece la cobertura máxima que otorgará la isapre por las prestaciones.La bonificación se expresa en un porcentaje que se aplica sobre lo que cobra el prestador y un monto máximo a pagar por la isapre.También en el plan se estipula el precio de éste*.
*El precio puede variar (Título V) por la revisión anual del plan que realiza la Isapre (adecuación). Puede variar por cambio en el número de beneficiarios, por cambio en el tramo de edad en la tabla de factores del plan y por reajuste del plan.
Existen ciertas limitaciones a la cobertura que la Isapre puede aplicar:
RESTRICCIONES
Enfermedades o condiciones preexistentes declaradas: esta restricción es señalada por la Isapre en la declaración de salud por el plazo que se establezca en ésta, que como máximo son 18 meses. En casos excepcionales, para ser aceptado en la isapre el o la interesada puede autorizar una restricción mayor de hasta 36 meses.
Cobertura por atención de parto: si la afiliada o alguna beneficiaria ingresa a la Isapre embarazada, se genera una restricción a la cobertura del parto proporcional a la vigencia de los beneficios. (Por ejemplo, Supongamos que una afiliada firma un contrato en marzo, declarando su embarazo de 2 meses, la bonificación que otorgará la isapre se calculará de la siguiente manera: a la fecha de vigencia de los beneficios, esto es mayo, la afiliada tendrá 4 meses de embarazo. Si el niño o niña nace de 9 meses, en dicho momento, la afiliada tendrá 5 meses de vigencia de sus beneficios. Por lo tanto, la isapre pagará 5/9 de la cobertura del plan).
Enfermedades o condiciones de salud preexistentes no declaradas: tendrán una restricción por un máximo de 5 años si no hace mal uso de beneficios o le terminan el contrato.
EXCLUSIONES
La Isapre no pagará por:
-Cirugía plástica con fines de embellecimiento
-Atención particular de enfermería, salvo prestaciones cubiertas por el Fonasa.
-Hospitalización con fines de reposo.
-Prestaciones cubiertas por otras leyes hasta el monto de lo cubierto
-Las que requiera un beneficiario o beneficiaria como consecuencia de su participación en actos de guerra.
-Las enfermedades o condiciones de salud preexistentes no declaradas.
-Prestaciones otorgadas fuera del territorio nacional, salvo que estén contenidas en el Plan.
-Todas aquellas prestaciones y medicamentos, en este último caso de carácter ambulatorio, no contemplados en el arancel de la isapre.
Qué la Cotización: es el monto de dinero que se descuenta mensualmente de la remuneración del o de la cotizante. y equivale al precio del plan + precio CAEC + precio de la GES + precio beneficios adicionales. Siempre es responsabilidad de la persona afiliada verificar si se efectuó el pago de su cotización en la Isapre. En todo caso aunque no se pague la cotización, la isapre NO puede suspender el otorgamiento de los beneficios.}}
¿La persona afiliada o la Isapre, o de común acuerdo, pueden poner término al contrato?
Por la Isapre, cuando se dan las siguientes situaciones:
Por el afiliado o afiliada:
Por el afiliado o afiliada y por la Isapre:
Otros
Es el acuerdo entre la persona afiliada y su Isapre.
Es de carácter individual y se expresa a través de documentos formales donde se establecen derechos y obligaciones de ambas partes.
El Contrato se firma en el momento en que una persona cotizante ingresa a una isapre.
Y se debe modificar cada vez que:
Las Condiciones Generales: es un documento en el que se establecen algunas de las reglas entre la isapre y la persona afiliada.
Las Garantías Explícitas en Salud (GES-AUGE): cubren un conjunto de problemas de salud cuya atención está garantizada y que abarcan las enfermedades que frecuentemente afectan a la población.
El Plan de Salud Complementario: es un documento en el cual se establece lo que la isapre pagará por las atenciones de salud que reciban quienes estén afiliados y sus beneficiarios y beneficiarias. El plan contempla la tabla de factores que se utiliza para calcular el precio que debe pagar la persona afiliada y su grupo familiar.
El Arancel: es el listado de las prestaciones que son bonificadas por la isapre.
La Declaración de Salud: es un cuestionario en que la persona que quiere afiliarse a la isapre y sus beneficiarios y beneficiarias exponen su estado de salud, en especial las enfermedades preexistentes.
El FUN: es el Formulario en el que se registran los antecedentes del afiliado o afiliada y los de su grupo familiar. Los distintos tipos de FUN permiten ir registrando las nodificaciones del contrato en términos de cambio de plan complementario, cambio en precio, entrada o salida de personas beneficiarias o cambio en la situación laboral o previsional del afiliado o afiliada.
La CAEC o Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas: es un seguro que cubre todos los gastos de una enfermedad cara, siempre que se atienda con el prestador en convenio con la isapre y una vez que se complete el deducible anual. Para que se active la CAEC, la persona afiliada o beneficiaria debe solicitarla en su isapre.
Un texto uniforme de Condiciones Generales, cuyo objetivo es permitir y favorecer el conocimiento de las personas beneficiarias de sus derechos y obligaciones.
Y una declaracion de salud que unifica el lenguaje técnico utilizado.
Es un cuestionario en el que el futuro afiliado o afiliada y sus beneficiarios declaran su estado de salud, en especial las enfermedades preexistentes.
A.Introducción
B. Antecedentes del o de la cotizante
C. Identificación de las personas beneficiarias y/o cargas médicas
D. Listado de preguntas
E. Declaración del o de la interesada
F. Evaluación y restricciones
G. Resultado de la evaluación
H. Suscripción
Introducción
Se comunica el objetivo de la declaración y se advierte de las consecuencias de omitir, ocultar o no entregar toda la información sobre el estado de salud de la persona afiliada y sus beneficiarios. ANTE UNA ENFERMEDAD PREEXISTENTE NO DECLARADA LA ISAPRE PUEDE NEGAR LA COBERTURA
Antecedentes del o de la cotizante
Esta sección permite identifcar a la persona cotizante y precisar datos tales como edad, sexo, actividad, nombre de empleador, etc.
Identificación de los beneficiarios y/o cargas médicas
Aquí se individualiza a todas las cargas legales que serán beneficiarias del Contrato de Salud incluido el o la potencial cotizante, como también a aquellas personas que el o la interesada desee incorporar como cargas médicas.{{Debe individualizar a todas las cargas legales o familiares beneficiarios, ya que de lo contrario, si se demuestra que la omisión tuvo por objeto perjudicar a la isapre (por ejemplo, intentar eludir la evaluación del riesgo de salud de la carga omitida), la Institución puede disponer la terminación del contrato de salud.}}
Listado de preguntas
Es un listado referencial de enfermedades(1*) y preguntas relacionadas con enfermedades, patologías o condiciones de salud que hayan sido diagnosticadas médicamente, cualquiera sea su estado actual, debiendo señalarse la fecha aproximada del diagnóstico.
Declaración del interesado
En esta sección el o la interesada autoriza a la isapre para acceder a información médica, previsional y laboral, con el fin de evaluar el riesgo de salud comprometido y decidir la aceptación o el rechazo de la suscripción del contrato. Eventualmente, la isapre puede proponer restricciones de cobertura para la suscripción del contrato.
Evaluación y restricciones
Esta sección es de uso exclusivo de la contraloría médica de la isapre y permite precisar las restricciones temporales de cobertura para las preexistencias declaradas, por un plazo de hasta 18 meses.
Resultado de la evaluación
En esta sección la isapre informa a el o la interesada si acepta o rechaza su afiliación.
La isapre tiene la facultad de aceptar la afiliación incluyendo restricciones de cobertura.
IMPORTANTE: En caso de rechazo, el o la interesada puede solicitar a la isapre por escrito, su ingreso con restricciones adicionales por un plazos de hasta 36 meses. No obstante, la isapre puede mantener su negativa de aceptación.}}
Suscripción
Por último, este es el espacio destinado a formalizar la suscripción de la Declaración de Salud.
(1*)Listado referencial de enfermedades
Enfermedades mentales o psiquiátricas o del comportamiento: son aquellas que afectan la conducta de los individuos en su relacióncon las demás personas y con su entorno.
Enfermedades del sistema nervioso: Son aquellas condiciones físicas u orgánicas que afectan los diferentes órganos del Sistema Nervioso central o periférico.
Enfermedades del sistema respiratorio: son aquellas que afectan preferentemente a los pulmones y la vía aérea.
Enfermedades del corazón y sistema circulatorio: son aquellas que comprometen al corazón o vasos sanguíneos (arterias o venas).
Enfermedades del sistema digestivo: son las que afectan al tubo digestivo desde la boca al recto o a los órganos y glándulas que intervienen en el proceso de la digestión (Glándulas salivales, páncreas, hígado).
Enfermedades ginecológicas y de las mamas: son las que comprometen las mamas o los órganos del aparato reproductor y sexual femenino (útero, ovarios, trompas).
Enfermedades renales o del sistema genitourinario: son las que afectan al riñón vías urinarias (uréteres, vejiga, uretra) y órganos sexuales del hombre.
Enfermedades reumatológicas o del sistema osteomuscular: son las que comprometen huesos, músculos o articulaciones.
Enfermedades de la sangre o del sistema hematopoyético: son aquellas que producen alteraciones de la sangre o de los órganos que la producen (bazo, médula ósea. sistemalinfático).
Enfermedades endocrinas, nutricionales y metabólicas: son aquellas que afectan las diversas glándulas endocrinas (tiroides, suprarenales, páncreas) o los procesos del metabolismo y nutrición.
Malformaciones y/o enfermedades congénitas: son aquellas que se encuentran presentes desde el nacimiento.
Tumores y/o enfermedades oncológicas: trátese de tumores o neoplasias benignas o malignas de cualquier localización.
Enfermedades de la piel y del tejido subcutáneo.
Enfermedades del oído, nariz y garganta.
Enfermedades oculares.
Enfermedades infecciosas y parasitarias: son todas aquellas ocasionadas por gérmenes, virus, parásitos y otros microorganismos patológicos.
Enfermedades del embarazo, parto o puerperio: son todas aquellas que tienen relación con el estado de gravidez de la mujer.
Traumatismos, accidentes y quemaduras.
Cirugías estéticas.
Infertilidad o Esterilidad: Es la dificultad o incapacidad para procrear o reproducirse.
Licencias médicas anteriores.
Indique Hospitalizaciones anteriores.
Prótesis, Órtesis.
Otras enfermedades