Resolución Exenta IP N° 29
Sanciónase al pago de una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, propiedad de la Sociedad Clínica Dávila y Servicios Médicos S.A. por infracción al Artículo 173 inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, de Salud.
sanción, Clínica Dávila, cheque en garantia, otorgamiento de garantías
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