Impónese a la Clínica de Salud Integral S.A. una multa de 450 U.F.
(cuatrocientos cincuenta unidades de fomento) por incumplimiento de las
instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación
de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el
"Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento
alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección
Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y
"Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso.
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