Impónese a la Isapre Cruz Blanca S.A. una multa de 350 UF (trescientas cincuenta
unidades de fomento), por haber otorgado coberturas inferiores a las pactadas en
los planes de salud, incumpliendo lo establecido en el artículo 189 del DFL N°1, de
2005, de Salud, y por haber otorgado una bonificación inferior a la cobertura
mínima legal, incumpliendo lo establecido en el artículo 190 del mismo cuerpo
legal.
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