Impónese a la Isapre Consalud S.A. una multa de 700 UF, por el incumplimiento del plazo establecido por la Compin, en el pago de los Subsidios por Incapacidad Laboral reclamados de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 del D.S. N°3/84, de salud.
04 de octubre de 2011
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