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El 22 de octubre entró en vigencia la Ley 20.830 que crea el Acuerdo de Unión Civil (AUC), por lo que a partir de esa fecha todas las personas que suscriban el AUC pueden tener como cargas de salud a sus convivientes, tanto en Fonasa como en isapre. La Superintendencia de Salud instruyó a todas las aseguradoras a que en sus páginas web y oficinas de atención informen a sus cotizantes y beneficiarios los alcances de esta normativa. Del mismo modo, tiene disponibles todos los canales de atención para informar o recibir reclamos, en caso de que hubiera dificultades en la implementación de esta nueva regulación. |
A partir del 22 de octubre es posible:
Incorporar al conviviente civil como carga en isapre y ésta institución está obligada a aceptarlo. | |
La incorporación del conviviente civil en Fonasa es automática, una vez que se acrediten los requisitos. | |
Incorporar como carga a un conviviente civil, mujer u hombre, sin que sea necesario que éste sea "inválido". | |
Incorporar como carga a un o una conviviente civil del mismo sexo, como un derecho, no sujeto a la voluntad de la aseguradora. | |
Condiciones para que el conviviente civil sea carga legal:
Haber celebrado un Acuerdo de Unión Civil con el cotizante y que esté vigente. | |
Cumplir los requisitos comunes para toda carga legal:
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¿Cómo incorporar al conviviente civil como carga legal?
El afiliado se debe acercar a su isapre o Fonasa, según corresponda, solicitando la incorporación del nuevo beneficiario. La aseguradora exigirá la presentación de los siguientes documentos:
Certificado de Acuerdo de Unión Civil otorgado por el Registro Civil. | |
Declaración jurada simple de que su conviviente civil reúne los requisitos comunes para las cargas legales. |
¿Qué ocurre si una persona no incorpora a su conviviente civil al momento de afiliarse a una isapre?
La calidad de carga legal que la Ley da al conviviente civil implica que si el afiliado omite incorporarlo al momento de celebrar el contrato de salud con la isapre, la aseguradora podría poner término a dicho contrato.
Cobertura de fertilización asistida de baja complejidad en isapres
En el marco de esta nueva normativa, las parejas de convivientes civiles del mismo sexo tienen derecho a recibir la cobertura para los tratamientos de infertilidad con inseminación artificial, tal como es otorgada en los casos que es "desde la pareja", por lo tanto, las isapres deben brindar el beneficio sin discriminar.
¿Dónde reclamar si el Fonasa o la isapre incumplen la normativa?
La persona debe presentar un reclamo directamente en la Superintendencia de Salud.
¿Cómo realizar el trámite?
Por internet en www.supersalud.gob.cl opción |
En la , Alameda 1449, Torre 2, Local 12, Santiago, Chile (Metro La Moneda). |
En las Agencias Regionales de la Superintendencia de Salud. |
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La Superintendencia de Salud dispone de varias modalidades de contacto para recibir sus consultas, reclamos y sugerencias. Puede concurrir personalmente a nuestras oficinas en Santiago y regiones, comunicarse telefónicamente o hacerlo a través de internet o correo postal tradicional.
www.supersalud.gob.cl / 600 836 9000